Relevamiento de activos y pasivos externos
La Comunicación A 6401, dispuso la implementación de un relevamiento de activos y pasivos externos, que reemplaza a los relevamientos dispuestos por Comunicación A 3602 y la Comunicación A 4237, a partir de la información al 31/12/2017.
Serán declarantes del nuevo relevamiento de activos y pasivos externos todas las personas humanas y las personas jurídicas, patrimonios y otras universalidades que no estén comprendidas en la categoría de Gobierno General de acuerdo a la definición de la Sexta Edición del Manual de Balanza de Pagos del Fondo Monetario Internacional.
Por comunicación A 6594, las personas humanas quedan eximidas de la declaración de los activos externos.
A través de la Comunicación B 11712 modificada por la Comunicación B 11729 y la Comunicación A6795, se dieron a conocer las principales características del relevamiento de activos y pasivos externos, entre ellas:
- A partir del 01/06/2018, el declarante puede ingresar con clave fiscal nivel 3 a la página web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (www.afip.gob.ar) y dar de alta el servicio BCRA – Relevamiento de activos y pasivos externos.
- Las declaraciones se realizan exclusivamente a través del servicio AFIP, pudiendo completar y remitir la información vía los formularios electrónicos de carga o mediante carga masiva de datos. Para completar los datos requeridos se debe consultar los siguientes documentos:
- Manual de usuario | Definiciones y aclaraciones necesarias para la correcta carga de los datos.
- Formato de tablas | Se especifican los formatos de las tablas a remitir en caso de que se remitan vía carga masiva.
A partir de la declaración correspondiente al primer trimestre de 2020, la misma deberá ser efectuada por todas las personas jurídicas o humanas con pasivos externos a fin de cualquier trimestre calendario, o que hubieran cancelado los mismos durante ese trimestre.
Aquellos declarantes para los cuales el saldo de activos y pasivos externos a fin de cada año alcance o supere el equivalente a los US$ 50 millones, deberán presentar una confirmación anual (la cual permitirá complementar, ratificar y/o rectificar las presentaciones trimestrales realizadas), la cual podrá ser presentada optativamente por cualquier persona jurídica o humana.
Las fechas de vencimiento para la presentación de los datos son de 45 días corridos para las declaraciones trimestrales y 180 días corridos para las declaraciones anuales.
Las declaraciones desde el año 2017 hasta el 2019 inclusive, se rigen de acuerdo con los siguientes lineamientos generales:
Se establecieron tres niveles de muestra, cuyos participantes se determinarán cada año calendario en función de: 1) la suma de los flujos de activos y pasivos externos durante el año calendario anterior; y 2) el saldo de tenencias de activos y pasivos externos a fin del año calendario anterior (para el caso de las personas humanas únicamente se consideran los pasivos externos del año inmediato anterior).
- Muestra principal | Entra dentro de este grupo, cualquier sujeto declarante para el cual la suma de los flujos de activos y pasivos externos durante el año calendario anterior (año t-1), o el saldo de activos y pasivos externos a fin de ese mismo año (año t-1) alcance o supere el equivalente a los US$ 50 millones. Los integrantes de este grupo deben presentar un adelanto trimestral por cada uno de los trimestres del año t y una presentación anual del mismo periodo (la cual permitirá complementar, ratificar y/o rectificar los adelantos trimestrales realizados oportunamente).
- Muestra secundaria | Entra dentro de este grupo, cualquier sujeto declarante para el cual la suma de los flujos de activos y pasivos externos durante el año calendario anterior (año t-1), o el saldo de activos y pasivos externos a fin de ese mismo año (año t-1) se ubique entre el equivalente a US$ 10 millones y US$ 50 millones. Los integrantes de este grupo deben realizar una presentación anual del año t, con los saldos y flujos de los activos y pasivos requeridos.
- Muestra complementaria | Entra dentro de este grupo cualquier sujeto declarante para el cual la suma de los flujos de activos y pasivos externos durante el año calendario anterior (año t-1), o el saldo de activos y pasivos externos a fin de ese mismo año (año t-1) se ubique entre el equivalente a US$ 1 millón y US$ 10 millones. Los integrantes de este grupo deben realizar una presentación anual simplificada del año t, en este caso únicamente los saldos de los activos y pasivos requeridos.
- Resto | Las personas jurídicas o humanas que no estén incluidas en ninguno de los puntos anteriores (a, b o c), pero tuvieran deuda con no residentes al final de los años 2018 o 2019, deberán realizar declaraciones para dichos años en su formato simplificado.
Por comunicación A 6401, Comunicación B 11857 y Comunicación A 6795, los vencimientos de las declaraciones anuales 2018 y 2019 fueron estipulados de la siguiente manera:
- Integrantes de la muestra principal:
- Presentación trimestral: 45 días de finalizado el trimestre
- Declaración anual 2018: 30 de septiembre de 2019
- Declaración anual 2019: 30 de junio de 2020
- Integrantes de la muestra secundaria y complementaria:
- Declaración anual 2018: 30 de septiembre de 2019
- Declaración anual 2019: 14 de febrero de 2020
- Para el resto de declarantes:
- Declaración anual 2018: 14 de noviembre de 2019
- Declaración anual 2019: 14 de febrero de 2020
Para mayor información sobre el Relevamiento de Activos y Pasivos Externos consultar los siguientes documentos:
Presentación del relevamiento.
Simulador de categorización.
Respuestas a preguntas frecuentes
Guía de carga paso a paso
Guia de carga para obtener el certificado de validación
Post “El Banco Central ante los nuevos desafíos de las estadísticas externas: Nuevo Relevamiento de Activos y Pasivos Externos”.